RESOLUCIÓN GENERAL N° 5268 / 2026

PRORRÓGASE por treinta (30) días corridos el plazo para el acogimiento al Régimen de Regularización Tributaria establecido por la Ley N° 7.411, contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo previsto en el Artículo 1° de la citada Ley, en base a lo expuesto en los considerandos del

RESOLUCIÓN GENERAL N° 38 / 2026

RATIFÍCASE la obligatoriedad de constituir y mantener operativo el Domicilio Fiscal Electrónico Provincial, en los términos establecidos por la Resolución General Nº 25/2018 y sus complementarias, para todos los contribuyentes y/o responsables comprendidos en los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de esta Dirección General de

RESOLUCIÓN GENERAL N° 37 / 2026

Poner en conocimiento de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución General, que a partir del día 1 de diciembre de 2026, el cumplimiento de las obligaciones de presentación de declaraciones juradas e ingreso

RESOLUCIÓN GENERAL N° 36 / 2026

ARTÍCULO 1°.- PRORROGAR el vencimiento de las cuotas/2.026 del IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO Y RURAL, con el descuento del 20% por pago a término, conforme al siguiente cronograma: *Cuota 3°/2026 – con vencimiento el 30/09/2.026 *Cuota 4°/2.026 – con vencimiento el 30/10/2.026 *Cuota 5°/2.026 – con vencimiento el 30/11/2.026 *Cuota 6°/2.026

RESOLUCIÓN GENERAL N° 35 / 2026

ARTÍCULO 1°.- PRORROGAR el vencimiento de las cuotas/2.026 del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y REMOLCADOS, con el descuento del 20% por pago a término, conforme al siguiente cronograma: *Cuota 3°/2.026– con vencimiento el 30/09/2.026 *Cuota 4°/2.026 – con vencimiento el 30/10/2.026 *Cuota 5°/2.026 – con vencimiento el 30/11/2.026 DESCARGAR RG

RESOLUCIÓN GENERAL N° 26 / 2026

DISPONGASE como último día la fecha 26 de Junio de 2026, para que los Jubilados y Pensionados presenten la solicitud de exención al Impuesto Inmobiliario por el año 2026, de acuerdo con lo establecido en el Art. 3º de la Resolución General Nº 23/2012 y lo previsto en la Ley