¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE ACOMPAÑAR PARA SOLICITAR EL BENEFICIO DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO DE SELLOS?

La Resolución General Nº 09/2008, Anexo II, establece la documentación a presentar para solicitar el beneficio de exención en el impuesto de Sellos.

En particular, cuando se trate de Actividad Primaria, los contribuyentes deberán ajustarse a lo prescripto por el Decreto Nº 2183/2015 (Léase “¿Qué normativa rige la Exención en la Actividad Primaria en los Impuestos de Sellos y sobre los Ingresos Brutos?”– módulo Exenciones).-

 

  • Asociaciones y entidades civiles de asistencia social, de caridad, beneficencia, religiosas, de educación e instrucción, científicas, artísticas, gremiales, culturales, de fomento vecinal y protectoras de animales(siempre que sus ingresos y patrimonio sean destinados exclusivamente a los fines de su creación y no sean repartidos directa ni indirectamente a sus socios):
  1. Formulario 601-Solicitud de Exención Impositiva RG09/2008, firmada por autoridad competente, previo pago de la tasa retributiva de servicios correspondiente.

  

  1. Acreditar la personería que invoca el firmante, acompañando documentación que corresponda.
  2. Constancia de CUIT.
  3. Estatuto, Acta de creación etc., según corresponda.
  4. Estados Contables del último ejercicio.
  5. Personería Jurídica o Gremial.

 

  • Asociaciones Deportivas que no persigan fines de lucro.
  1. Formulario 601-Solicitud de Exención Impositiva RG09/2008, firmada por autoridad competente, previo pago de la tasa retributiva de servicios correspondiente.
  2. Acreditar la personería que invoca el firmante, acompañando documentación que corresponda.
  3. Constancia de CUIT.
  4. Personería jurídica o gremial
  5. Estatuto o acta de creación.

 

  • Cooperativas de viviendas.
  1. Formulario 601-Solicitud de Exención Impositiva RG09/2008, firmada por autoridad competente, previo pago de la tasa retributiva de servicios correspondiente.

  

  1. Acreditar la personería que invoca el firmante, acompañando documentación que corresponda.
  2. Constancia de CUIT.
  3. Inscripción en el IPAC o en el INAES.
  4. Estatuto o acta de creación.

 

  • Emisoras de Radio y Televisión de aire.
  1. Formulario 601-Solicitud de Exención Impositiva RG09/2008, firmada por autoridad competente, previo pago de la tasa retributiva de servicios correspondiente.

  1. Acreditar la personería que invoca el firmante, acompañando documentación que corresponda.
  2. Constancia de CUIT.
  3. Resolución del COMFER a nombre del contribuyente.

 

  • Obispado de Santiago y Añatuya.
  1. Formulario F.601-Solicitud de Exención Impositiva RG09/2008, firmada por autoridad competente, previo pago de la tasa retributiva de servicios correspondiente.

 

  1. Acreditar la personería que invoca el firmante, acompañando documentación que corresponda.
  2. Constancia de CUIT.