RESOLUCIÓN GENERAL Nº 02 / 2019

MODIFÍCASE el Punto 9 del Art. 4º de la Resolución General Nº34/2017, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Cuando el Proveedor, Prestador o Locador, exprese su condición de contribuyente de Convenio Multilateral, el Agente de Retención deberá exigir la presentación del Formulario CM01. En caso de no presentar el Formulario requerido, se calculará la retención con la alícuota general del Padrón de actividades de la Dirección General de Rentas”.

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