Delégase en el Poder Ejecutivo, el dictado de las normas necesarias a los fines de la efectiva percepción del gravamen, cuya exclusión está expresamente prevista en el Artículo 7º de la Ley Nº 7.160, que modifica el Artículo 210º de la Ley Nº 6.792.
Delégase en el Poder Ejecutivo, el dictado de las normas necesarias a los fines de la efectiva percepción del gravamen, cuya exclusión está expresamente prevista en el Artículo 7º de la Ley Nº 7.160, que modifica el Artículo 210º de la Ley Nº 6.792.